Se estima actualmente que por cada 100.000 habitantes en España se producen cada año 28 paradas cardiorrespiratorias extrahospitalarias, la tercera parte de ellas acontecidas fuera del ámbito domiciliario. El 70% de los pacientes que sufren un parada cardiorrespiratoria de este tipo mueren antes de llegar al hospital. Las probabilidades de sobrevivir dependen de múltiples variables, pero la desfibrilación precoz por parte de los testigos de la parada se considera una de las intervenciones que más puede influir en el pronóstico, con independencia de otros factores. Los autores muestran en el artículo que la legislación e implementación de los primeros planes de desfibrilación externa automatizada orientados a personal no médico supuso hace una década una importante apuesta por la optimización del manejo de la parada cardiorrespiratoria fuera de los entornos sanitarios.
El Real Decreto 365/2009 establece las condiciones y requisitos mínimos de seguridad y calidad en la utilización de los desfibriladores externos automáticos fuera del ámbito sanitario, y otorga a las administraciones de cada comunidad autónoma de España la responsabilidad de establecer los mecanismos necesarios para normalizar la implantación de estos dispositivos.
Los autores del artículo que se comenta plantean como objetivo comparar las legislaciones autonómicas españolas en materia de formación, utilización y obligatoriedad de la instalación de desfibriladores externos automáticos fuera del ámbito sanitario, y analizar la variabilidad territorial con que se han desarrollado las regulaciones.
Los autores realizaron una revisión de las normativas publicadas en los boletines oficiales de las 17 comunidades autónomas y las 2 ciudades autónomas de España hasta mayo de 2019, extrayendo datos referidos a la regulación de la formación, el uso y la instalación de los desfibriladores externos fuera del ámbito sanitario.
Los autores comentan que los médicos y enfermeros están autorizados a utilizar los desfibriladores externos automáticos, salvo en Murcia, donde únicamente tienen autorizado su uso los médicos. En 14 comunidades se consideran también habilitados los técnicos en emergencias sanitarias. En el País Vasco, donde cualquier ciudadano puede utilizar un desfibrilador externo automático, previa alerta a los servicios de emergencia, es necesario realizar un curso inicial acreditado para estar habilitado en el uso de estos dispositivos (cursos disponibles también en las diferentes autonomías, cuya duración varía, según la comunidad, entre 4 y 9 horas), y que debe ser renovado con una periodicidad que oscila entre 1 y 3 años. Sin embargo, 11 comunidades permiten, en caso de emergencia y en ausencia de personal habilitado, que cualquier ciudadano pueda utilizar un desfibrilador externo automático, siempre previa alerta a los servicios de emergencia.
La transferencia a las autoridades sanitarias de las distintas comunidades autónomas de los mecanismos de control y coordinación de la utilización e instalación de desfibriladores externos automáticos fuera del ámbito sanitario ha proporcionado un desarrollo poco uniforme de las legislaciones reguladoras a este respecto. Los autores comentan que hoy en día son palpables algunas diferencias importantes entre comunidades en aspectos relativos al personal autorizado, la formación acreditada o la obligatoriedad de instalación en espacios fuera del ámbito sanitario. Estas diferencias han ido progresivamente disminuyendo en los últimos años, y hay una cierta tendencia a redactar normativas más parecidas entre sí y menos restrictivas que las predecesoras en cuanto a requisitos para el uso de estos dispositivos.
Comentan los autores que la supervivencia a un evento de parada cardiorrespiratoria extrahospitalaria no está condicionada exclusivamente por el hecho de aumentar el número de desfibriladores externos automáticos de acceso público, sino por la capacidad de los testigos para identificarlos e iniciar unas maniobras de reanimación cardiopulmonar de calidad.
Los autores concluyen afirmando que si bien todas las comunidades autónomas de España disponen de una normativa en cuanto a la regulación de uso y acreditación para el uso de un desfibrilador externo automático, el mapa legislativo es muy diverso, por lo que sería deseable una política armonizadora para unificar criterios e incentivar el uso de estos dispositivos en caso de necesidad.